El representante suplente de las centrales obreras en la Junta Nominadora de candidatos a la Corte Suprema de Justicia, Joel Almendares, descartó este jueves que esté inhabilitado para integrar el organismo, pese a que es directivo de una entidad colegiada, que es una de causas legales que impiden conformarla.

"Soy representante de las tres centrales de trabajadores por nominación de los trabajadores organizados y yo no pertenezco a las tres. Por lo tanto, no cabe duda que estamos fundamentados en ley", señaló Joel al Noticiero TN5 de Televicentro.

Almendares es secretario general de la  Confederación Unitaria de Trabajadores de Honduras, una de las siete entidades que forma parte de la Junta Nominadora.

¿Qué dice el artículo 8 de la ley de la Junta Nominadora?

La Ley de la Junta Nominadora, que aborda los requisitos e incompatibilidades para integrarla, establece las inhabilidades las siguientes inhabilidades para ser parte de la misma:

  • Quienes hayan participado como propietarios o suplentes en anteriores JN o
  • Sean miembros de la junta directiva consejo directivo u órgano de gobierno de la institución que debe integrar la Junta Nominadora.

La única excepción es el titular del Comisionado Nacional de los Derechos Humanos.

Pero Almendares dice que algunos abogados de las centrales obreros le han asegurado que su elección como nominador es legal.

Del mismo modo, el abogado Raúl Pineda coincide con la versión del equipo legal de los obreros, pues asegura que ni la Constitución ni la Ley de la Junta Nominadora limitan a Joel Almendares para tener esa designación.

"No veo interpretando ese artículo de manera literal o de manera sistemática que haya
ningún problema para que el representante de los obreros cumpla con lo que establece la Constitución, una Junta Nominadora que represente los diferentes segmentos de la sociedad hondureña, reitero, yo no veo ninguna inhabilitación", enfatizó Pineda.

El dirigente obrero fue seleccionado como delegado de las centrales ante la Junta Nominadora y, de acuerdo a la ley de esa entidad, hay un plazo de 72 horas para presentar una impugnación a un nombramiento.

La Junta Nominadora debe hacer un llamado el 1 de septiembre a los abogados y notarios interesados ser magistrados para que presenten sus postulacion.

Luego, la Junta tiene que enviar una lista de 45 candidatos autopropuestos al Congreso Nacional para que, de esta, ese poder elija a los nuevos 15 magistrados de la Corte Suprema de Justicia del periodo 2023-2030.

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