El Congreso Nacional aprobó este miércoles, por unanimidad, un decreto que prohíbe la instalación de túmulos artesanales, tradicionales o sin certificación técnica en la red vial primaria de Honduras.

Con esta decisión, los diputados buscan poner orden en la construcción de reductores de velocidad y evitar que personas particulares, patronatos o municipalidades coloquen obstáculos en las carreteras sin cumplir las normas de seguridad vial.

La nueva disposición establece que la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT) tendrá la responsabilidad de autorizar cualquier dispositivo que busque reducir la velocidad de los vehículos en las principales vías del territorio nacional.

¿Qué pasará con los túmulos que ya existen en Honduras?

El decreto contempla una revisión de los reductores de velocidad que actualmente funcionan en la red vial primaria del país.

Para cumplir esta tarea, la SIT y la Dirección Nacional de Vialidad y Transporte (DNVT) deberán elaborar un inventario técnico de los túmulos existentes en un plazo máximo de 12 meses.

Las autoridades evaluarán cuáles cumplen los estándares de seguridad y cuáles necesitan modificaciones o deben desaparecer.

En los casos en que los reductores no reúnan las condiciones técnicas, las instituciones correspondientes tendrán que retirarlos o sustituirlos progresivamente por mecanismos más seguros.

Entre las alternativas que contempla la normativa figuran los reductores de velocidad certificados, la señalización vial, los pasos peatonales elevados con diseño técnico y los sistemas electrónicos para controlar la velocidad.

Prohíben construir túmulos sin permiso de la SIT

Uno de los puntos principales del decreto impide que alcaldías, patronatos, organizaciones comunitarias y ciudadanos instalen túmulos por cuenta propia en la red vial primaria.

Quienes necesiten colocar un dispositivo de este tipo deberán solicitar previamente una autorización técnica expresa de la SIT.

Las personas o instituciones que incumplan esta disposición enfrentarán responsabilidades administrativas conforme a la legislación hondureña.

Asimismo, la normativa exige que todos los dispositivos autorizados cuenten con rótulos, pintura y señales visibles que adviertan a los conductores sobre su presencia.

La SIT también deberá garantizar las condiciones de mantenimiento y podrá establecer acuerdos con municipalidades, patronatos y organizaciones comunitarias para cumplir estas obligaciones.

Establecen plazos para solicitar reductores de velocidad

El decreto también fija un plazo máximo de 180 días, a partir de su entrada en vigor, para que el Poder Ejecutivo elabore y emita el reglamento correspondiente.

Este documento deberá establecer un procedimiento simplificado para que las comunidades y autoridades locales soliciten la instalación de reductores de velocidad o cruces peatonales elevados.

Además, las autoridades tendrán un máximo de 60 días calendario para resolver cada solicitud.

Con la aprobación de esta normativa, el Congreso Nacional busca mejorar la seguridad vial y regular la construcción de túmulos en las carreteras principales de Honduras.

La medida no implica la eliminación inmediata de todos los reductores de velocidad, sino una evaluación técnica que determinará cuáles pueden permanecer y cuáles deberán desaparecer o modificarse.

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