La Alcaldía Municipal del Distrito Central modificó la aplicación de la “Ley Seca” para las fechas 15 y 17 de abril que corresponden al Viernes Santo y Domingo de Resurrección, lo que permitirá que en algunos centros de recreación se puedan vender y consumir bebidas alcohólicas.

Con esta modificación, los balnearios, hoteles, bares, supermercados y pequeños negocios quedan habilitados para vender bebidas alcohólicas en esas fechas.

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Los únicos lugares públicos donde queda prohibida la venta y el consumo de alcohol es donde se celebren actos religiosos.

La prohibición entrará en vigencia a partir de las 6:00 de la mañana del Viernes Santo y concluirá a las 6:00 de la mañana del Sábado de Gloria.

Asimismo, desde las 6:00 de la mañana del Domingo de Resurrección hasta las 6:00 de la mañana del lunes 18 de abril.

Como principal objetivo es prevenir que personas bajo los efectos de bebidas alcohólicas intenten alterar el orden público en esas dos fechas importantes para la Iglesia católica.

Multas desde 5 mil hasta 15 mil lempiras

La ordenanza establece que “queda terminantemente prohibido la venta, distribución y el consumo de bebidas embriagantes en lugares cercanos o aledaños a las iglesias donde se desarrollen actividades religiosas”.

El incumplimiento a esta disposición será sancionado con una multa de entre 5 mil a 15 mil lempiras.

La municipalidad del Distrito Central, a través del Departamento de Justicia y la Policía Municipal, vigilará el cumplimiento de dicha disposición y la aplicación de las respectivas sanciones en caso de infracción.

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