El exministro de la Secretaría de Gestión de Riesgo y Contingencias Nacionales (Copeco), Gabriel Rubí, recibió medidas cautelares sustutivas distintas a la prisión judicial en el proceso en su contra por los delitos de fraude y violación a los deberes de los funcionarios.

Este mismo fallo se emitió contra los otros tres exfuncionarios de dicha institución en la audiencia de declaración de imputados en el caso denominado "Copeco - Triaje Tórax".

En ese sentido, el portavoz de la Corte Suprema (CSJ), Carlos Silva, detalló que los acusados están obligados a presentarse el lunes de cada semana en el Juzgado Penal en Materia de Corrupción de la capital, a excepción de Rubí, quien tendrá que asisitir al juzgado del departamento de Yoro tras acreditar que ese es su lugar de residencia.

Además, se les impuso la porhibición de salir del territorio nacional, así como se les impide asistir a las instalaciones de Copeco e Instituto Cardiopulmonar del Tórax o comunicarse con los empleados de dichas organizaciones.

De acuerdo con Silva, a valoración del juez y tras los presentado por la defensa de los imputados no existe riesgo de fuga o que no se presenten a la siguiente etapa del proceso de parte de los encausados.

La audiencia inicial de la causa referida se agendó para el próximo 10 de junio a las 9:00 de la mañana en los Tribunales en Materia de Corrupción.

Investigación

El Ministerio Público acusa a los empleados de Copeco por actuar de manera fraudulenta en la construcción de un centro de triaje en el Instituto Cardiopulmonar del Tórax.

Los imputados son el exministro Gabriel Rubí; ex subcomisionado, Gustavo Cruz; exadministrador, Cristian Elías; directora interina de investigación y Capacitación, Arlette Montero; y el representante legal de la empresa JF construcciones, Fernando Sierra, estos dos últimos por fraude a título de cooperador.

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La obra, que quedó inconclusa, fue solicitada bajo el decreto de emergencia el 10 de febrero de 2020 por la pandemia del covid-19.

Según la Fiscalía, para dicho triaje -que no fue solicitado por las autoridades hospitalarias- se firmó un contrato de 4 millones de lempiras con una empresa constructora con una sobrevaloración cercana a los L 1.5 millones.

Asimismo, la obra no contaba con los requisitos dados en el área de salud, su adjudicación se hizo fuera de lo establecido en la Ley de Contratación de Estado, tampoco hubo un acta de recepción de entrega final ni una garantía de calidad.

La acusación también estipula que Gabriel Rubí autorizó el pago del 15% por anticipo sin que se cumplieran las condiciones, mientras Gustavo Adolfo Cruz decidió la empresa que construiría el triaje y realizaba labores que no le correspondían dentro de Copeco.

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