El Congreso Nacional (CN) derogó el martes (02.03.2022) la Ley de Secretos del Estado que protegía documentos de secretarías de Defensa y Seguridad Nacional, entre ellos contratos, datos y objetivos estatales, según establecía.

La ley se creó exclusivamente para proteger los documentos del Consejo de Seguridad, mismo que componían el Poder Ejecutivo, Legislativo y Judicial, el fiscal general de la República y los secretarios de Estado en despachos de Seguridad y en despachos de Defensa.

Documentos de seguridad y defensa

Todos los documentos, compras y planes institucionales de la polémica Tasa de Seguridad se blindaban de veeduría con la Ley de Secretos.

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Además de prohibir el acceso a la información de los fondos de la tasa de seguridad, otras instituciones de fuerza nacional también se restringían. Las Fuerzas Armadas y los presupuestos del Congreso Nacional y secretarías del Estado también tenían acceso restringido para la prensa y organizaciones de sociedad civil.

Según el Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP), la Tasa de Seguridad acumula una deuda de aproximadamente 3,000 millones de lempiras. La prensa nacional no ha tenido acceso a la información de ejecución de fondos de la Tasa de Seguridad.

Otros documentos

Con el Decreto No. 80-2021 en septiembre de 2021 se blindó el acceso a información sobre la adquisición de vacunas de ese año.

El CN declaró como información reservada la compra acordada entre el Gobierno de la República de Honduras y las empresas farmacéuticas fabricantes o proveedoras de las vacunas contra el covid-19. Esta compra contenía acuerdos y contratos vigentes y que sean suscritos, para la adquisición y suministro de las mismas, según se lee en el artículo 1 del Decreto No. 80-2021.

Contenido lesivo en la ley

El Artículo 3 de la Ley de Secretos establece: “a los efectos de esta Ley podrán ser declaradas Materias Clasificadas los asuntos, actos, contratos, documentos, informaciones, datos y objetivos, cuyo conocimiento por personas no autorizadas pueda dañar o poner en riesgo la seguridad, defensa nacional y el logro de objetivos nacionales”.

El artículo 4 de la también llamada Ley para la Clasificación de Documentos Públicos dice: “para los efectos de esta Ley, pueden ser declaradas Materias Clasificadas los asuntos, actos, contratos, documentos, informaciones, datos y objetivos, cuyo conocimiento por personas no autorizadas pueda dañar o poner en riesgo la seguridad, defensa nacional y el logro de objetivos nacionales”.

La norma fue aprobada en enero de 2014 y declarada como reservada o confidencial cierto tipo de información según la clasificación. Los documentos reservados se protegían por 5 años, confidencial por 10, secreta por 20 y los documentos clasificados como ultra secretos por 25 años.

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