Elegir magistrados suplentes en la nueva Corte Suprema de Justicia (CSJ) para el periodo 2023-2030 a través de una interpretación de la Constitución de la República por el Congreso Nacional, significaría reformarla de facto (de hecho, sin reconocimiento jurídico), según el abogado Joaquín Mejía.
Al respecto, el togado, doctor en Derechos Humanos y Relaciones Internacionales, reconoce que el artículo constitucional 314 faculta al Legislativo a elegir la figura de magistrado suplente, sin embargo para ello deben cumplirse ciertas condiciones.
Estas son "en caso de muerte, incapacidad que le impida el desempeño del cargo, sustitución por causas legales, o de renuncia de uno de los 15 magistrados".
No existe esa condición
"En este momento no existe esa condición, por tanto, interpretar que la Constitución permite al Congreso la facultad para elegir ahora magistrados suplentes, sin que exista una de las condiciones establecidas en el artículo 314, implica reformarla de facto", explica Mejía.
Lo anterior corresponde que para una reforma (con reconocimiento jurídico) es necesario seguir el procedimiento del artículo constitucional 373.
En ese artículo se establece que debe hacerse en sesión ordinaria, con el voto favorable de 86 diputados (dos terceras partes), y ratificar la reforma en la siguiente legislatura ordinaria (esta sería en 2024) y por igual número de votos.
Elección de la nueva CSJ
Por tal razón, hacer una "reforma" sin seguir este procedimiento violaría la Constitución.
la carta magna establece en su artículo 375 que "no pierde su vigencia ni deja de cumplirse por acto de fuerza o cuando fuere supuestamente derogada o modificada por cualquier otro medio y procedimiento distintos del que ella misma dispone".
La nueva CSJ se elegirá votando por una nueva nómina de 15 candidatos a magistrados, de la lista de 45 nombres enviada al Congreso Nacional por la Junta Nominadora.
La próxima sesión para dicho tema se convocó para el 10 de febrero, luego que el pasado 25 de enero fracasó la elección, después de que una nómina -la única presentada por Libre-, no obtuvo los votos necesarios para ser considerada.
Sin embargo, en la última semana la discusión desvió a la propuesta de elegir magistrados suplentes, (propuesta del jefe de bancada de Libre) una figura inexistente en la Constitución, haciendo una interpretación de la misma.
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