El decreto que permite a la Unidad Fiscal Especializada Contra Redes de Corrupción (Uferco) -dependencia del Ministerio Público- ejercer acción penal en casos de corrupción sin previa autorización del fiscal general entró en vigencia tras ser publicado en el Diario Oficial La Gaceta.

En este sentido, el decreto número 67-2022 será vigente (a partir del 15 de junio) hasta que tome posición un nuevo fiscal general y adjunto y toda las disposiciones que contraigan el mismo quedarán en suspenso por dicho plazo de tiempo.

Disposiciones

Con esta acción, el titular de la Uferco no tendrá que solicitar aprobación de ninguna autoridad, pero deberá informar al director general de fiscales sobre investigaciones, denuncias y requerimientos que proceda a ejercer.

Además, contará por ley con el apoyo en documentos y evidencias requeridas a cualquier dependencia, quien se oponga será sancionado con una multa de 200 salarios mínimos e incurrirá en responsabilidad penal.

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También, la Uferco podrá apersonarse en cualquier institución pública y privada para realizar operativos de decomiso cuantas veces sea necesario.

Por otra parte, el personal adscrito a dicha dependencia cuenta con inamovilidad de sus cargos por la vigencia del decreto, a excepción de que cometan actos que transgredan las normativas del Ministerio Público.

Del mismo modo, el titular podrá solicitar la restitución, remoción o traslado cuando lo considere conveniente o pertinente.

Finalmente, se autorizó un aumento del 10% de los recursos financieros que mensualmente ejecuta la Uferco.

Aprobación de decreto

La madrugada de este viernes 27 de mayo, el Congreso Nacional aprobó en tercer y último debate el decreto que autoriza a la Uferco a proceder judicialmente, sin previa aprobación del fiscal general ni de ninguna otra autoridad del Ministerio Público, en casos de corrupción de alto impacto.

Esta iniciativa presentada por el presidente del Congreso Nacional, Luis Redondo, fue aprobada con 69 votos a favor.

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