La División Anti Extorsión y Asociaciones Terroristas (DAET) investiga reportes falsos recibidos a través de la línea 143 y advierte que quienes provoquen diligencias innecesarias podrían enfrentar consecuencias penales.

Cristian Nolasco, jefe de operaciones de la DAET, explicó en TN5 Matutino de Canal 5 que la unidad detectó llamadas en las que algunas personas denuncian supuestos delitos, pero luego dejan de responder o no acuden a formalizar el caso.

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El funcionario señaló que cada investigación exige personal, vehículos, logística y coordinación con fiscales del Ministerio Público. Por ello, la institución presta especial atención a los reportes que movilizan recursos del Estado sin que exista un hecho delictivo real.

DAET documenta casos para posibles imputaciones

Nolasco aseguró que la unidad ya recopila información para establecer responsabilidades. "Estamos ya documentando algunos casos para poder imputar", afirmó al referirse a los delitos de falsa denuncia y simulación de una infracción inexistente.

También aclaró que una llamada a la línea 143 no siempre constituye una denuncia formal. La Policía necesita datos y la colaboración de la persona que reporta el hecho para continuar las diligencias.

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Según Nolasco, la DAET recibe a diario al menos 50 llamadas mediante esta vía, habilitada para atender casos de extorsión y otros delitos vinculados con estructuras criminales. Sin embargo, en algunos reportes los agentes pierden contacto con la supuesta víctima cuando intentan verificar la información.

Nolasco tampoco descartó que estructuras criminales utilicen llamadas falsas para distraer a la Policía y entorpecer sus operaciones.

Código Penal contempla penas de prisión

El artículo 528 del Código Penal establece que comete falsa denuncia o acusación quien atribuye a otra persona hechos delictivos, con conocimiento de su falsedad o manifiesto desprecio por la verdad, ante una autoridad obligada a investigarlos.

La pena es de uno a cuatro años de prisión. No obstante, el proceso contra el denunciante solo puede comenzar después de una sentencia firme o un sobreseimiento definitivo en la causa.

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El artículo 529 sanciona la simulación de una infracción inexistente. Este delito ocurre cuando alguien finge ser responsable o víctima de un delito, o denuncia un hecho que nunca ocurrió y provoca actuaciones oficiales.

La sanción es de seis meses a dos años de prisión y una multa de 100 a 300 días.

Casos de llamadas falsas también se reportan al 911 y a la Unidad Antisecuestros, que en 2026 contabiliza al menos ocho simulaciones de privación de libertad. Según las autoridades, algunas personas fingieron su secuestro para obtener dinero de sus familiares o alejarse temporalmente de ellos.

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