La Corte Suprema de Justicia (CSJ) resolvió este viernes declarar inadmisible la petición de antejuicio presentada por el Ministerio Público (MP) contra los magistrados del Tribunal de Justicia Electoral (TJE), Mario Flores Urrutia y Miriam Barahona, quienes habían sido señalados por el supuesto delito de prevaricato judicial.

El anuncio fue hecho por el director de comunicaciones del Poder Judicial, Melvin Duarte, a través de declaraciones a Radio HRN de Emisoras Unidas, donde detalló que la decisión fue adoptada por unanimidad de votos por los tres magistrados que integran la Sala Ad-hoc designada para conocer el caso.

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“El órgano colegiado designado para conocer la petición de antejuicio presentada por el Ministerio Público contra los magistrados del Tribunal de Justicia Electoral ha resuelto hace algunos minutos, por unanimidad, declarar inadmisible este proceso presentado por el ente acusador del Estado”, explicó Duarte.

La Sala Ad-hoc estuvo conformada por los magistrados Aida Patricia Martínez, Felipe Spear y Luis Díscua, quienes concluyeron que los magistrados del TJE no gozan de la prerrogativa del antejuicio, tal como lo argumentó el MP, ya que su situación jurídica está regulada por disposiciones distintas.

Fundamentos legales de la resolución

De acuerdo con la resolución, los magistrados del TJE poseen las mismas prerrogativas y obligaciones que los magistrados de la Corte Suprema de Justicia, tal como lo establece el artículo 47 de la Ley Orgánica y Procesal Electoral. Sin embargo, este marco normativo no contempla la figura del antejuicio como mecanismo aplicable a su cargo.

“Los magistrados del Tribunal de Justicia Electoral no gozan de esta prerrogativa del antejuicio, y así lo fundamenta también el artículo 421 del Código Procesal Penal”, precisó Duarte.

El portavoz del Poder Judicial indicó que los jueces de la Sala Ad-hoc realizaron un análisis detallado de los elementos presentados por el Ministerio Público antes de emitir su resolución, concluyendo que no correspondía admitir la solicitud al no ser procedente conforme al marco legal vigente.

Derecho a impugnación y próximos pasos

Duarte señaló que las partes involucradas tienen derecho a interponer un recurso de amparo, como ocurre con cualquier otra decisión judicial. Asimismo, informó que el lunes se notificará formalmente la resolución a las partes para que puedan decidir si recurren o no la determinación.

“El amparo le corresponde resolverlo a la Sala Constitucional. Esto no entra en detrimento del otro proceso. La responsabilidad del órgano colegiado ha sido hacer un estudio en conjunto, y parte de ese estudio es determinar si corresponde o no el trámite solicitado. La resolución unánime ha sido que no se puede admitir, porque no procede el procedimiento del antejuicio”, explicó el funcionario.

Con la decisión de la Sala Ad-Hoc, el proceso no avanzará a la fase de juez natural, que habría sido el siguiente paso en caso de haberse admitido la petición del Ministerio Público.

Mario Flores Urrutia: 'La justicia siempre ha estado de nuestro lado'

Por su parte, el magistrado presidente del TJE, Mario Flores Urrutia, reaccionó este viernes tras la decisión de la Sala Ad-Hoc de la CSJ, que declaró inadmisible la solicitud de antejuicio presentada por el MP en su contra y de la magistrada Miriam Barahona, por el presunto delito de prevaricato judicial.

En declaraciones al noticiero Hoy Mismo, de TSi, Flores Urrutia expresó su agradecimiento a Dios, al pueblo hondureño y a la justicia, destacando que el fallo confirma la transparencia y legalidad con la que el TJE ha actuado desde su conformación.

“No me queda más que decir que la justicia siempre ha estado de nuestro lado. Le damos gracias a Dios y al pueblo hondureño, y sobre todo a los actores electorales, porque todas las decisiones del Tribunal de Justicia Electoral son apegadas estrictamente a la Ley Electoral y a la Constitución de la República”, manifestó.

El magistrado sostuvo que desconoce las acciones futuras del Ministerio Público, pero consideró que la resolución de la Corte evidencia que las actuaciones del Tribunal han sido completamente transparentes y conforme a derecho.

“Yo siempre he confiado en Dios y en la justicia. No me queda más que agradecer al pueblo hondureño que se solidarizó con nosotros. Siempre hemos actuado bajo los principios de transparencia y legalidad que juramos al asumir nuestros cargos en el Congreso Nacional”, añadió.

Flores Urrutia aprovechó su declaración para reiterar el respeto institucional hacia el Consejo Nacional Electoral (CNE), pese a las diferencias que puedan surgir en el ejercicio de sus funciones.

“Las decisiones del CNE son completamente independientes. Nuestras sentencias son de ejecución forzosa e inapelables, como lo establece la Ley Electoral. Aunque a veces no compartamos sus decisiones, las respetamos”, dijo el titular del TJE.

También se refirió a su relación con el magistrado Eduardo Morazán, descartando cualquier conflicto y subrayando la necesidad de fortalecer la institucionalidad electoral.

“No tengo diferencias con el magistrado Morazán. Lo respeto como profesional y hemos trabajado juntos en muchas ocasiones. Podemos tener disensos, pero también consensos, y debemos fortalecer la institucionalidad porque los cargos son transitorios”, puntualizó.

Compromiso con la justicia electoral

El magistrado presidente hizo un llamado a la ciudadanía y a los actores políticos a confiar en el Tribunal de Justicia Electoral, al que calificó como una institución nacida para garantizar los derechos políticos de los hondureños.

“Confíen en el Tribunal de Justicia Electoral, porque cada quien es dueño de sus propias actuaciones. En mi caso, nunca me voy a torcer ante la ley. Siempre estaré apegado a la Constitución y con temor a Dios”, aseguró.

Flores Urrutia concluyó reafirmando que el TJE continuará resolviendo cada proceso “estrictamente conforme al derecho y a la Constitución”, y que su compromiso como magistrado es seguir garantizando elecciones transparentes, justas y confiables, en beneficio de la democracia hondureña.

Magistrado Mario Morazán: 'El MP debe presentar requerimiento, no antejuicio'

Entre tanto, el magistrado Mario Morazán coincidió con la determinación de la Sala Ad-Hoc y fue más allá al señalar que el procedimiento correcto que debe seguir el MP no es el trámite de antejuicio, sino la presentación directa de un requerimiento fiscal.

“Desde el punto de vista jurídico, me parece muy bien que la Corte Suprema de Justicia ya esté dando antecedentes en relación a este tipo de casos. Es importante que la comunidad nacional sepa que esta es la primera vez en la historia de Honduras que el Ministerio Público presenta una acción contra un magistrado de una alta corte”, declaró al noticiero Hoy Mismo.

El magistrado explicó que, ante la falta de precedentes, existían dudas sobre si correspondía o no la aplicación del antejuicio a los magistrados del TJE. Sin embargo, la resolución de la Corte dejó establecido que dicha figura solo aplica para jueces de carrera, no para altos funcionarios del Estado.

“Hoy ha quedado absolutamente claro que los antejuicios proceden únicamente para jueces de paz, de letras, tribunales de sentencia y cortes de apelaciones, pero no para magistrados del Tribunal de Justicia Electoral. A nosotros nos rige el procedimiento especial de altos funcionarios del Estado”, aclaró.

Morazán detalló que, según el fallo, los magistrados del TJE no tienen la prerrogativa del antejuicio, por lo que el MP puede ejercer la acción penal directamente ante un juez natural designado por la Corte Suprema.

“Lo que ha dicho la Corte Suprema es que el Ministerio Público debió presentar de un solo el requerimiento fiscal, porque a nosotros no nos aplica la figura del antejuicio. Ahora que está esclarecido, ya no existe ese impedimento procesal”, señaló.

Morazán reiteró que la resolución del máximo tribunal abre el camino para que el Ministerio Público proceda sin limitaciones.

“A partir del lunes, cuando el MP sea notificado, podrá presentar el requerimiento fiscal que buscaba mediante el antejuicio. La Corte ya le ha dicho que no es necesario ese trámite”, explicó Morazán.

El funcionario, además, expresó su convicción de que existen indicios de prevaricato judicial en las actuaciones de sus colegas del TJE, motivo por el cual el CNE decidió no acatar una de sus resoluciones.

“Estoy absolutamente convencido de que se ha incurrido en el tipo penal de prevaricato judicial. Esa fue la razón por la cual el CNE consideró inaplicable su resolución y la razón por la que el MP concluyó que efectivamente se dio ese tipo penal”, afirmó.

Morazán concluyó asegurando que será el Ministerio Público, a través de la Unidad Especial Contra Delitos Electorales, el que determine cuándo presentar el requerimiento correspondiente.

“Más temprano que tarde, el Ministerio Público presentará el requerimiento que en derecho corresponda. Lo importante es que la Corte Suprema ya clarificó el procedimiento”, sentenció.

Antecedentes del caso

La Unidad Especializada Contra Delitos Electorales (UECDE) del Ministerio Público presentó la solicitud de antejuicio el pasado 3 de noviembre de 2025, argumentando que los magistrados Flores Urrutia y Barahona habrían cometido el delito de prevaricato judicial, contemplado en el artículo 349 del Código Penal.

Según el informe del MP, entre el 27 y el 28 de octubre de 2025, ambos magistrados resolvieron una recusación interpuesta por un ciudadano sin seguir el procedimiento establecido en la Ley Orgánica y Procesal Electoral.

Además, lo habrían hecho sin la participación del tercer miembro del pleno del TJE ni la convocatoria de un magistrado suplente, lo que a juicio del Ministerio Público vulneró el principio de legalidad y el debido proceso.

El comunicado del MP señalaba que los magistrados dictaron sentencia definitiva ordenando al Consejo Nacional Electoral (CNE) la inscripción de dos ciudadanos como candidatos a diputados, pese a que el Tribunal no estaba debidamente conformado, emitiendo resoluciones contrarias a la ley.

“Las resoluciones fueron emitidas sin que el TJE estuviera debidamente integrado, al margen del procedimiento establecido en la Constitución de la República y la Ley Electoral”, sostenía el documento de la Fiscalía.

Por estas razones, el MP había solicitado a la CSJ declarar “ha lugar” el antejuicio y proceder ante el juez natural competente, con el fin de determinar si existían méritos para procesar penalmente a los magistrados.

MP acusa a magistrados del TJE de emitir resoluciones contrarias a la ley. Foto: cortesía del MP
MP acusa a magistrados del TJE de emitir resoluciones contrarias a la ley. Foto: cortesía del MP