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Reforma al Secreto Bancario: ¿Responsabilidad fiscal o asalto a la privacidad en Honduras?

La reforma propone implementar un protocolo para proteger y mantener la confidencialidad de esta información.


El secreto bancario, la norma que impide a los bancos divulgar información de las cuentas o productos financieros de sus clientes a terceros sin una orden judicial, es fundamental en la preservación de la privacidad de las personas. En Honduras, este principio solo se suspende para propósitos fiscales bajo la orden de un juez. Según el Artículo 76 del Código Tributario, la autoridad tributaria puede solicitar información sobre transacciones y balances bancarios, siempre y cuando se trate de casos individuales y bajo un proceso de verificación o fiscalización, a través de la Comisión Nacional de Banca y Seguros (CNBS).

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Sin embargo, la propuesta de reforma fiscal, conocida coloquialmente como "Ley de Justicia Tributaria", amenaza este principio en nombre de la eficiencia fiscal. Esta reforma permitiría a diversas entidades del Gobierno, incluyendo la Secretaría de Finanzas y el Servicio de Administración de Rentas, el acceso directo a información detallada de cuentas bancarias y patrones de consumo. Además, se podrían revisar las comunicaciones privadas entre los clientes y los empleados del banco y obtener datos sobre las relaciones personales y profesionales de los clientes.

La reforma propone implementar un protocolo para proteger y mantener la confidencialidad de esta información. Sin embargo, no especifica cómo se protegerá la documentación, dejando este aspecto a discreción de la Administración Tributaria. Esta situación se complica al considerar que otras tres instituciones tendrán el derecho de solicitar y acceder a esta información, lo que nos lleva a preguntar: ¿cómo podemos confiar en un sistema que delega la seguridad de nuestra información a múltiples entidades?

Es importante recordar que la información financiera es complementaria a la que se proporciona a la Administración Tributaria a través de las Declaraciones Juradas. El SAR no debería tener acceso a información que no sea relevante para los propósitos fiscales y debería limitarse a solicitar datos individualizados, es decir, datos específicos y únicos del sujeto del proceso fiscal o de verificación, por tanto: ¿Bajo qué propósito entonces, el SAR tendría acceso a datos que no tienen relevancia fiscal? ¿Por qué se permitiría a estos organismos solicitar información individualizada sin un proceso de fiscalización en curso?

La reforma al secreto bancario propuesta en la "Ley de Justicia Tributaria" plantea serias dudas sobre la privacidad de los ciudadanos hondureños. Parece más una amenaza a la privacidad que una solución efectiva para mejorar la recaudación y la fiscalización. Esta reforma se asemeja más a una táctica de vigilancia masiva que deja vacíos legales y carece de sanciones claras para aquellos que no respeten la confidencialidad y seguridad de la documentación bancaria. Por tanto, el llamado es a los diputados para que reconsideren esta propuesta de reforma. Los derechos a la privacidad de los hondureños deben ser protegidos. No podemos permitir que nuestras libertades individuales sean sacrificadas en nombre de una supuesta eficacia fiscal.


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